miércoles, 27 de abril de 2011 | By: Sol Boza

Evalución a Página web del MIFIC


 Nicaragua como el resto de países del mundo, posee leyes que promueven y regulan la información básica que obligatoriamente las entidades gubernamentales deben ofrecer al público. La Ley de Acceso a la Información Pública es la número 621 en la Constitución Política del país, la cual en su artículo número 20 declara todos aquellos parámetros que deben cumplir las instituciones públicas para hacer efectivo el acatamiento de esta ley.
Sin embargo no todos los cuerpos públicos cumplen con la Ley de Acceso a la Información Pública a cabalidad, sino que tan sólo obedecen a algunos de los puntos que esta expone en su artículo 20 o si lo cumplen, los datos que se dan a conocer no están actualizados.
 El Ministerio de Fomento Industria y Comercio es una de las entidades públicas que no contiene en su página web todos los datos que manda la ley y algunos de ellos no han sido actualizados desde el año 2010.
Esta autoridad presenta en su sitio web según manda la ley, su estructura orgánica, los servicios que presta, programas de apoyo que ofrece, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos. Las normas jurídicas que la rigen y las políticas públicas que orientan su misión y visión, a la cual se accede de forma fácil a través de los links que se presentan visiblemente en la presentación de la página web.
De igual forma muestra el nombre de las personas que integran la Dirección Superior del ministerio y de los encargados de la Oficina de Acceso a la Información Pública y su Banco de Información.
También da a conocer las convocatorias de licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios concesiones y contratación de personal de carrera.
No obstante, aunque está presente la remuneración mensual de la Dirección Superior y de todo el personal, incluyendo los trabajadores temporales y externos, balances generales y estado financiero, la información está desactualizada, debido a que la última actualización se hizo en agosto de 2010. Y conforme la ley todos estos datos deben estar actualizados hasta el último mes del año corriente.
Esto mismo ocurre con las resoluciones ministeriales sobre las concesiones, contrataciones y licitaciones, ya que igualmente no han sido actualizadas desde el año 2010.
Los resultados de evaluaciones, auditorías realizadas según las Normas de Auditoría Gubernamental de Nicaragua (NAGUN) de la República, supervisiones e investigaciones que han realizado los entes reguladores, contralores o supervisores o comisiones institucionales de investigación no están presentes en la página web, así como tampoco están los recursos que se han impuesto contra los actos administrativos del MIFIC y las resoluciones que se han dictado para resolverlos. Lo que causa desconfianza, pues no se conoce si la entidad está trabajando de manera correcta o no, y si no lo está haciendo bien saber en que falló, además conocer las sanción que se le interpuso y la forma en que se resolvió.
Lo que respecta a los destinatarios y el uso autorizado de la entrega de recursos públicos está ausente, al igual que la información anual de los resultados de las solicitudes de acceso a la información pública y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las leyes pertinentes en relación a los trámites para obtener registro, concesión, permiso, licencia, autorización, exoneración, subsidio o adjudicación de una licitación; así como los resultados de los mismos. Todo esto debe estar presente en el sitio web según la ley.
El Ministerio de Fomento Industria y Comercio es uno de los tantos cuerpo públicos que en su página web cumplen a medias las exigencias que la ley de Acceso a la Infofrmación Pública manda en su artículo 20. Privando de esta forma a la población nicaragüense de conocer toda la información que como deber todas las instituciones públicas deben presentar en su sitio web.

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